Diario
Oficial No. 48.901 de 2 de septiembre de 2013
Departamento
Administrativo de la Presidencia la República
Por el cual se adopta el “programa San Andrés,
Providencia y Santa Catalina-fase IV.
El
Presidente de la República de Colombia,
en uso de
sus atribuciones constitucionales y legales, en particular de las conferidas
por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo
del Artículo 151 de la Ley 1607 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el
día 19 de noviembre de 2012 la Corte Internacional de Justicia, con sede en La
Haya, profirió un fallo en el que estableció la delimitación marítima entre
Colombia y Nicaragua sobre el departamento Archipiélago de San Andrés,
Providencia y Santa Catalina, el cual causó una situación de hecho que ha
generado efectos nocivos de carácter económico y social para el desarrollo de
la vida y las actividades en el Archipiélago.
Que de
acuerdo con la exposición de motivos de la Ley 1607 de 2012, por la cual se expiden normas en
materia tributaria y se dictan otras disposiciones, en la misma se incluyó un capítulo “para establecer normas especiales
para el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina,
dado que a raíz de los efectos del fallo de La Haya se ha generado un efecto
negativo en las condiciones económicas y sociales en la Isla, que pueden llegar
a ser permanentes, y que exigen del Estado una acción de intervención para
contrarrestarlo. Se trata fundamentalmente de medidas de promoción de nuevas
formas de actividad económica para la sustitución de los antiguos medios de
subsistencia da los residentes, y de mecanismos especiales de gasto para la
realización de programas y proyectos de inversión que permitan actuar
oportunamente frente a la situación que vive hoy el Archipiélago”.
Que el
artículo 151 de la citada ley creó en el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de
Desastres la Subcuenta denominada departamento Archipiélago de San Andrés,
Providencia y Santa Catalina, con el fin de apoyar el financiamiento de
programas y proyectos de inversión para la atención de las necesidades que
surjan por la ocurrencia de un hecho o circunstancia que genere un efecto
económico y social negativo de carácter prolongado, así como para los recursos
destinados al cumplimiento de programas estratégicos que para el efecto defina
el Gobierno Nacional para dicho Archipiélago.
Que el
Decreto número 294 de 2013, por
el cual se reglamenta la subcuenta departamento Archipiélago San Andrés,
Providencia y Santa Catalina del Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres,
estipula que podrán financiarse programas para la conversión de actividades
productivas, para desarrollar la capacidad de generación de empleo e ingresos,
para implementar líneas especiales de crédito para los habitantes, para otorgar
apoyos destinados a incentivar la demanda, con el fin de fomentar el desarrollo
económico y turístico, y para financiar proyectos de inversión para el
desarrollo económico y social en este departamento.
Que
mediante Decreto 295 de 27 de febrero de 2013 se adoptó el “Programa San Andrés
Providencia y Santa Catalina Fase 1”, a través del cual se definieron los
programas estratégicos y proyectos de inversión a realizarse en el departamento
Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en los sectores de Transporte,
Comercio, Industria y Turismo, de conformidad con lo establecido en el artículo
151 de la Ley 1607 de 2012 y el Decreto 294 de 2013.
Que
mediante Decreto 753 de 17 de abril de 2013 se adoptó el “Programa San Andrés
Providencia y Santa Catalina Fase II”, por el cual se definen los programas
estratégicos y los proyectos de inversión a realizarse en el departamento
Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en los sectores de
Agricultura, Pesca y Acuicultura, de conformidad con lo establecido en el
artículo 151 de la Ley 1607 de 2012 y el Decreto 294 de 2013.
Que
mediante Decreto 1191 del 5 de junio de 2013 se adoptó el “Programa San Andrés,
Providencia y Santa Catalina Fase III”, por el cual se definen los programas
estratégicos y los proyectos de inversión a realizarse en el departamento
Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en los sectores de
educación, cultura y deportes, de conformidad con lo establecido en el artículo
151 de la Ley 1607 de 2012 y el Decreto 294 de 2013.
Que es
necesario definir los proyectos de inversión a desarrollarse en el Archipiélago
de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en lo que concierne al ordenamiento
territorial de este departamento.
Que en
mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo
1°. Adopción del Programa.
Adóptese “Programa San Andrés, Providencia y Santa Catalina Fase IV”, en el que
se definen los proyectos de inversión a realizarse en el Archipiélago de San
Andrés, Providencia y Santa Catalina, en lo que concierne a los insumos
técnicos definidos para el apoyo al ordenamiento territorial con enfoque
diferencial raizal de este departamento, de conformidad con lo establecido en
el artículo 151 de la Ley 1607 de 2012 y el Decreto 294 de 2013, el cual hace
parte integral del presente decreto.
Artículo
2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese
y cúmplase.
Dado en
Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2013.
JUAN
MANUEL SANTOS CALDERÓN
La
Viceministra de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores
encargada de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones
Exteriores.
Patti
Londoño Jaramillo.
El
Ministro del Interior,
Fernando
Carrillo Flórez.
El
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Francisco
Estupiñán Heredia.
El
Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Aurelio
Iragorri Valencia.
El
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
Jorge
Raúl Bustamante Roldán.
PROGRAMA
SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
FASE IV
Generación
de insumos técnicos para el ordenamiento territorial del departamento
Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
El
Gobierno nacional, en conjunto con las autoridades departamentales y locales,
así como con la comunidad del Archipiélago, ha identificado las siguientes
problemáticas:
DIAGNÓSTICO
En virtud
de lo establecido en el Decreto 4002 de 2004, el Plan Básico de Ordenamiento
Territorial (PBOT) de San Andrés debe ser objeto de una evaluación de mediano
plazo. Por otro lado, a
vigencia del esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) de Providencia y Santa
Catalina expiró y se requiere la elaboración y formulación de un nuevo (EOT).
Además,
es preciso señalar que en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa
Catalina se presentan las siguientes circunstancias:
--No existe
información actualizada sobre el inventario de construcciones, infraestructuras
físicas y bienes de uso público en las Islas.
--Actualmente
se registran numerosos casos de construcciones de carácter domiciliario y
comercial que no se basan en las normas y orientaciones del Plan de
Ordenamiento Territorial.
-- No existe un sistema de
información que apoye a la administración departamental para cumplir con su
labor de control y seguimiento al crecimiento de los procesos.
-- Se perciben indicios de
sobrecarga sobre el sistema ambiental del territorio del Archipiélago de San
Andrés, Providencia y Santa Catalina, el cual es considerado por la Unesco
desde el año 2000 como una Reserva de Biósfera.
-- Se observa la falta de
herramientas tecnológicas y equipamiento adecuado para sostener una estructura
informática que soporte un sistema territorial de información.
-- Es necesario construir una
base de datos e información procesada sobre las condiciones actuales de la
infraestructura física y urbanística de las islas, así como el tipo de uso que
ejercen las comunidades y el sector privado sobre estas.
-- Se hace necesario avanzar
en la identificación de los territorios sobre los cuales las poblaciones
raizales reclaman arraigo y derechos, con el fin de buscar alternativas de
solución.
-- No se registra
armonización entre los temas que conciernen lo ambiental terrestre, lo marítimo
y lo marino-costero en el desarrollo del territorio.
-- La comunidad de la isla de
Providencia ha manifestado que percibe una baja implementación del Esquema de
Ordenamiento Territorial de Providencia y Santa Catalina.
-- Se considera necesario
fortalecer la estrategia de seguimiento y evaluación al ordenamiento
territorial.
-- Es preciso identificar y
generar cartografías de zonas susceptibles de riesgos de desastres.
-- Se ha identificado la
necesidad de fortalecer la integración regional del Archipiélago con el
continente colombiano, el Gran Caribe y Centroamérica, desde las perspectivas
culturales, sociales, económicas y ambientales.
-- Los habitantes del
departamento Archipiélago consideran que la problemática de sobrepoblación
crece, de manera constante, especialmente en la isla de San Andrés, y es
preciso mantener actualizado el número de habitantes del Archipiélago, su
situación y su distribución en el territorio departamental. Esto con el fin de
generar Políticas Públicas, programas y proyectos asertivos e integrales.
--Hay un
importante desdibujamiento de las prácticas y dinámicas tradicionales de la
población raizal, debido principalmente a que en la isla de San Andrés la
población no raizal es mayoritaria y ha permeado fuertemente la cultura de la
población raizal. De ahí la importancia de conocer el estado de la cultura
raizal y su situación poblacional y socioeconómica, para erigir líneas de
acción con enfoque diferencial que garanticen la pervivencia del pueblo raizal
como grupo étnico en contexto insular y fronterizo.
Considerando
lo anterior, el Gobierno raciona ha avanzado en la gestión de un apoyo técnico
y financiero que permita acompañar al departamento de San Andrés, Providencia y
Santa Catalina, en un proceso de generación de insumos técnicos y posterior acompañamiento
al proceso de ajuste y construcción de su ordenamiento territorial, bajo un
enfoque étnico diferencial raizal, que defina medidas orientadas a brindar
garantías para la implementación de derechos de la población raizal sobre el
territorio.
En este
sentido, se ha conformado una alianza interinstitucional entre el Ministerio de
Relaciones Exteriores, –a través del Plan Fronteras para la Prosperidad– el
Ministerio del Interior, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística
(DANE), el Fondo Rotatorio del DANE, el Instituto de Desarrollo Rural Incoder y
el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). Esta tiene como fin diseñar un
proceso que permita apoyar y acompañar constantemente el sistema de
ordenamiento territorial así como generar un paquete de 19 insumos técnicos que
se describen a continuación.
Insumos
técnicos definidos para el apoyo al ordenamiento Territorial
-- Análisis de demanda de
suelo y vivienda: se
desarrollará un estudio de la información sociodemográfica, catastral,
agrícola, ambiental, así como la proyección urbanística, con el fin de analizar
integralmente la demanda del suelo de las islas y su relación con la demanda de
vivienda.
-- Inventario y
caracterización del espacio público: se
realizará la actualización del inventario de bienes de uso público de San
Andrés, Providencia y Santa Catalina.
-- Estudio de zonas
homogéneas: se efectuará el análisis y caracterización de las manzanas
internas de la isla de San Andrés.
--Inventario
de equipamiento: se actualizará el inventario, caracterización y
georreferenciación del equipamiento público del Archipiélago.
-- Análisis de los planes de
movilidad: se examinarán los planes viales municipales y departamentales
del Archipiélago y se recomendarán lineamientos para la integración del tema en
el ordenamiento territorial.
-- Análisis de gestión de
riesgos y construcción de mapas de susceptibilidad de amenazas y riesgos: se georreferenciarán las
zonas del departamento con mayor vulnerabilidad a fenómenos naturales, con base
en el análisis de los estudios técnicos de ascenso sobre el nivel del mar, la
remoción en masa y las alertas tempranas desarrolladas por la autoridad
ambiental.
-- Expediente municipal: se evaluará el estado de
implementación y funcionalidad del plan de ordenamiento territorial (San
Andrés) y del esquema de ordenamiento territorial (Providencia y Santa
Catalina) existentes.
-- Actualización
cartográfica: se
generará la cartografía básica vectorial y el ortofotomosaico digital de las
islas de San Andrés, Providencia y Sana Catalina a escala 1:2000, con base en
los resultados de evaluación de especificaciones técnicas de las fotografías
aéreas tomadas por la Fuerza Aérea Colombiana en el período 2011-2012.
-- Mapa de uso de suelo: se desarrollará la
actualización del plano de uso del suelo de San Andrés, Providencia y Santa
Catalina, analizando la aptitud de este.
-- Estudio de evaluación de
los servicios púbicos: con base
en información entregada por las empresas de servicios públicos sobre especificaciones
técnicas de la infraestructura de servicios públicos, se realizará el análisis
de la capacidad y cobertura de los servicios públicos domiciliarios del
Archipiélago (acueducto, alcantarillado, aseo, energía).
-- Análisis político,
jurídico administrativo de la Gobernación de San Andrés ante la ley Orgánica de
Ordenamiento Territorial (LOOT) (Ley 1454 de 2011): se realizará un análisis
de gobernanza multinivel, es decir, una propuesta de gestión territorial que
incorpore armónicamente el nivel local, departamental y nacional, desde la
perspectiva de un modelo de desarrollo propio, así como su relación con las
apuestas sectoriales de las políticas nacionales.
-- Documento sobre la
integración regional del Archipiélago: se
efectuará un análisis de la integrac1ón regional del Archipiélago con el Gran
Caribe y Centroamérica, en términos económicos, sociales, culturales y
ambientales. Se identificarán los espacios para el establecimiento de procesos
integradores de planificación territorial y de alternativas de Asociatividad
regional, en el marco de la LOOT, como estrategia para impulsar el desarrollo
local.
-- Documento sobre la
integración ambiental y marítima: se
adelantarán los análisis de la estructura ambiental (reserva de Biósfera,
parques nacionales, áreas marinas protegidas, ecosistemas estratégicos, etc.),
de los servicios ecosistémicos del Archipiélago y de la Unidad Ambiental
Costera Insular. Se desarrollarán, igualmente, propuestas de manejo y de
integración hacia el desarrollo sostenible del Archipiélago. Además, se
adelantará la construcción de planes de manejo del litoral.
-- Levantamiento del Registro
de Población: se
obtendrá información de cada una de las personas del Archipiélago de San
Andrés, Providencia y Santa Catalina, identificando su lugar de origen y su
carácter raizal, con el fin de construir la línea de base del Registro.
-- Análisis poblacional del
Archipiélago: se
realizará la caracterización socioeconómica y demográfica de la población del
Archipiélago y de las viviendas y hogares donde habitan, con el fin de plantear
estrategias y acciones que conlleven a la construcción de una política
poblacional para el departamento.
-- Caracterización de la
comunidad raizal: se
pretende dilucidar las condiciones socioeconómicas de la etnia raizal y el
estado de su cultura en diversos horizontes tradicionales, con el fin de que
comunidad y Gobierno construyan políticas asertivas e integrales sobre su
territorio y las personas que lo habitan. Lo anterior tiene como propósito
garantizar la pervivencia del pueblo raizal y su proyección como grupo étnico
en contexto insular y fronterizo.
-- Actualización de la formación
catastral: se
desarrollará el proceso de actualización de predios de las zonas rurales y
urbanas del Archipiélago. Se realizará el inventario de los atributos físicos,
económicos y jurídicos de los bienes inmuebles del Archipiélago. Se actualizará
igualmente la base de datos nacional de información catastral, consistente en
el conjunto de operaciones destinadas a renovar los datos de la formación
catastral, revisando los elementos físicos, jurídicos y económicos según los
cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, o
condiciones locales del mercado inmobiliario.
-- Estudio para la
identificación del estado de los derechos territoriales de la comunidad raizal: a partir de la información
catastral actualizada se avanzará en un diagnóstico participativo y focalizado
sobre la tenencia de la tierra, el cual brindará una aproximación al estado
actual de los derechos territoriales del pueblo raizal. Y se realizará la
identificación de instrumentos legales o medidas para la protección de los
derechos territoriales de la comunidad raizal.
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