Decreto
1023 de 2014
(Mayo
28)
Diario
Oficial No. 49.166 de 29 de mayo de 2014
Ministerio
del Interior
Por el cual se dictan disposiciones para garantizar
el normal desarrollo de las elecciones.
El
Presidente de la República de Colombia,
en
uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas
por los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y 2 del Decreto
2241 de 1986, en concordancia con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 190 de la Constitución Política estableció que el Presidente de la
República será elegido por la mitad más uno de los votos que depositen los
ciudadanos en la fecha y con las formalidades que determine la ley, y que si
ningún candidato obtiene dicha mayoría, se celebrará una nueva votación que
tendrá lugar tres semanas más tarde;
Que
en Colombia usualmente se celebra el Día del Padre el tercer domingo del mes de
junio de cada año;
Que
la celebración del día del padre en la misma fecha en que se realizará la nueva
votación o segunda vuelta para la elección de Presidente y Vicepresidente de la
República podría afectar la asistencia a las urnas de los ciudadanos y, como
consecuencia, dificultar el normal desarrollo del proceso electoral;
Que
el artículo 258 de la Constitución Política dispone que el voto es un derecho y
un deber ciudadano;
Que
por lo tanto, es necesario adoptar las medidas necesarias para promover y
facilitar la participación activa de todos los ciudadanos en el próximo debate
electoral,
DECRETA:
Artículo
1. Fecha de celebración del Día del Padre. Para promover la participación
activa de todos los ciudadanos en las elecciones para Presidente y
Vicepresidente de la República que se celebrarán el próximo 15 de junio de 2014
y, por lo tanto, garantizar el normal desarrollo del proceso electoral, el Día
del Padre se celebrará el domingo 22 de junio de 2014.
Artículo
2. Vigencia. El presente decreto rige desde la fecha de su
publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese
y cúmplase.
Dado
en Bogotá, D. C., a 28 de mayo de 2014.
JUAN
MANUEL SANTOS CALDERÓN
El
Ministro del Interior,
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